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La sesión del Concejo, anoche. (foto: Rubén Comán)
La sesión del Concejo, anoche. (foto: Rubén Comán)
La sesión del Concejo, anoche. (foto: Rubén Comán)
Desde marzo hasta la fecha, el proyecto se trató en la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos y Medio Ambiente Gastón Villanova, Amalia Gómez, Soledad Torres, Carina Passadore, Silvia Vallory, José Luis Walser y Rubén Adami, donde el mes pasado se convocó a profesionales y vecinos para un análisis más exhaustivo.

La ordenanza recibió aprobación unánime exceptuando el Artículo 1 ("Prohíbese en todo el ámbito del municipio de Colón la tenencia, uso, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería que no hayan sido calificados como de venta libre por el RENAR, y todos aquellos que no se encuentren dentro de las características A 11 y B 3"), donde la votación resultó 8 a 3, ya que los concejales Rubén Adami, Rosana Villalba y José Luis Walser optaron por la negativa.

Al finalizar la sesión, el concejal vecinalista explicó su postura a El Entre Ríos: "Estoy totalmente de acuerdo en que se regule el uso de pirotecnia. Lo que objetamos es que el municipio no tiene la facultad de regular la producción, comercialización y venta de la pirotecnia, ya que estas están legisladas a nivel nacional y provincial. Esto está basado en lo que nos dijo el asesor legal del cuerpo, Damián Falco".

"Lo que le pedí a los vecinos que estaban presentes, es que continúen juntando firmas y concientizando hasta llegar a las cámaras provinciales donde se legisla sobre esto", finalizó Walser.

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Anoche fue la sesión que aprobó la ordenanza contra la pirotecnia. Agrandar imagen
Anoche fue la sesión que aprobó la ordenanza contra la pirotecnia.
Los principales artículos donde se indican los pormenores de la ordenanza, son:

Artículo 2º.- Prohíbese en todo el ámbito del municipio de Colón la tenencia, uso, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería denominados "mortero" o morteros con bomba" que generen efecto audible o sonoro, sean o no de "venta libre" y "petardos No 3", sea cual fuere su calificación.

Artículo 3º.- Prohíbese en todo el ámbito del municipio de Colón la fabricación, venta, comercialización, expendio, entrega y/o suministro, cualquiera sea su modalidad, a título gratuito u oneroso, de globos aerostáticos; así como la utilización de los mismos, encendido, manipulación, suelta y/o liberación al ambiente desde recintos abiertos o cerrados, públicos o privados.

Artículo 4º.- Los términos de la prohibición alcanzan a los comercios radicados en la ciudad, como así también a los particulares y vendedores ambulantes u ocasionales.

Artículo 5º.- Sólo se permitirá la realización de espectáculos, públicos o privados, con fuegos de artificio, elementos de pirotecnia o de cohetería, con aquellos que no sean de estruendo (o baja sonoridad).- En aquellos eventos privados en que se pretenda realizar espectáculos con fuegos de artificio, elementos de pirotecnia o de cohetería, se requerirá habilitación temporaria municipal por el plazo previsto para el espectáculo, en el lugar determinado y considerado apto para el emplazamiento de los shows de fuegos de artificio.

En tanto el Artículo 9 enuncia –entre otras cosas- que "se encuentra prohibido vender Artificios Pirotécnicos a menores de 16 años".
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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