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El viernes, el Dr. Perroud -integrante del Ministerio Publico Fiscal de Colón dio inicio de oficio a una causa por la supuesta infracción al articulo 208 del Código Penal Argentino.

Atento a esto se labró un oficio proveniente del Juzgado de Garantías y Transición de este departamento a cargo de la Dra Natalia Céspedes, en el cual ordena un allanamiento y requisa domiciliaria en una finca situada en calle Noailles. Al entrevistarse los uniformados con un ciudadano que habita en este domicilio –el cual es oriundo de la provincia de Misiones y se haría llamar “San Daniel”- se lo notificó de la supuesta infracción, que constituye un delito contra la seguridad pública penada en el Articulo 208 del código penal argentino en donde especifica:

1º el que, sin título ni autorización para el ejercicio de un arte de curar o excediendo los límites de su autorización, anunciare, prescribiere, administrare o aplicare habitualmente medicamentos, aguas, electricidad, hipnotismo o cualquier medio destinado al tratamiento de las enfermedades de las personas, aun a título gratuito;

2º el que, con título o autorización para el ejercicio de un arte de curar, anunciare o prometiere la curación de enfermedades a término fijo o por medios secretos o infalibles;

3º el que, con título o autorización para el ejercicio de un arte de curar, prestare su nombre a otro que no tuviere título o autorización, para que ejerza los actos a que se refiere el inciso 1º de este artículo.

Personal policial encontró allí varios elementos que confirman la transgresión, entre ellos un cuadernillo grande de 100 hojas, donde se observan en el interior escrituras con nombres y apellidos, horarios dando a entender supuestos pacientes y diferentes montos de dinero que figuran cerca de estos nombres y apellidos. Varias tarjetas de presentación donde se aprecia que dice sanador espiritual clínico y homeópata, y hojas con inscripciones similares con el nombre de San Daniel, tipo propaganda.

Todos los elementos fueron secuestrados en el marco de la investigación, ademas de procederse a la correcta identificación del ocupante del inmueble.
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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