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Tras varios meses en las tres comisiones del Concejo Deliberante, anoche fue aprobada por unanimidad la ordenanza 1816, a partir de un proyecto elaborado por los ediles Mariel Folonier de Cambiemos y Jorge Favre del Frente para la Victoria, referido a la regulación del servicio de remís a nivel local.

Dentro de las novedades incluidas, se encuentra que "las empresas deberán comunicar a la municipalidad, en un plazo de diez días corridos, todo cambio o incorporación de vehículos y/o conductores" y que "para efectuar viajes interjurisdiccionales, deberán realizar su inscripción en la Dirección de Transporte de Entre Ríos y poseer su habilitación".

Asimismo, "pondrán a disposición de los usuarios un libro de quejas donde estos podrán registrarlas; tal disposición y oferta se hará saber por medio de una leyenda en cada vehículo afectado (este libro de quejas deberá ser presentado ante la municipalidad toda vez que se lo solicite)" y "se deberán exhibir las tarifas vigentes para estos servicios".

Los vehículos que sean utilizados para el servicio de remís deberán "tener como máximo diez años de antigüedad, bajo la condición de poseer revisión técnica vehicular con resultado positivo o favorable y color blanco; el requisito del color será exigible a partir del vencimiento de la antigüedad de los habilitados o para el supuesto de incorporación de automotores (el permiso municipal se renueva semestralmente). Poseer cuatro puertas (como mínimo), capacidad mínima para cuatro pasajeros sentados, estar tapizado en cuero, plástico, nylon o un material similar que permita un fácil lavado o limpieza".

La municipalidad "otorgará a cada vehículo habilitado una identificación mediante un ploteado, donde constará una imagen de un lugar turístico de la ciudad a fin de promocionarlo y otro en la luneta parte horizontal superior, donde se leerá 'Municipalidad de Villa Elisa' y el número de habilitación de la unidad correspondiente; estos ploteados estarán a cargo de la municipalidad". Los vehículos circularán "con señalización indentificatoria de la empresa para la cual prestan servicio: nombre de la misma y número de teléfono o celular para llamar" y "en la parte trasera de la butaca del conductor deberá exhibirse una cartilla plastificada con foto, nombre y apellido y DNI del conductor".

Queda prohibido "conducir con el torso desnudo, pantalones cortos y/o descalzo o con calzado no adecuado (se exceptúa de esta prohibición a la indumentaria tipo bermuda en época estival), conducir haciéndose acompañar por otra persona, fumar, comer o tomar mate en servicio y negarse a la solicitud de extender factura de pago si el usuario lo solicita". No podrán circular "si no llevan en un lugar visible para el usuario el permiso municipal en el que deberá constar que el vehículo reúne las condicione exigidas, la certificación de eficiencia técnica (con fecha de otorgamiento y vencimiento), nombre y número de registro del conductor autorizado, fecha del certificado sanitario y su vencimiento y nombre y domicilio de la empresa".

En la Terminal de Ómnibus Doctor Gutiérrez, el estacionamiento debe organizarse así: "las empresas deberán alternar un vehículo por cada una de ellas y en orden de llegada; en este mismo orden deberán tomar o recepcionar pasajeros. Se prohíbe que un vehículo distinto al más próximo a la salida habilitada para remises, recepcione pasajeros. También se prohíbe el ingreso y/o egreso de la terminal por un lugar distinto a los habilitados a tal fin; especialmente se prohíbe el egreso en reversa y/o por un sector distinto al dispuesto para remises".

Sobre otros aspectos, la ordenanza establece que "los propietarios se encuentran obligados a mantener los vehículos en buen estado de uso e higiene, la habilitación conferida al titular del vehículo es intransferible, es obligación del titular del vehículo proceder a la desinfección del mismo con la periodicidad que la municipalidad determine" y que "se prohíbe la polarización de los vidrios o cristales por tratarse de elementos de seguridad y solo se admite tonalidad u oscurecimiento del 30% del parabrisas en la franja superior horizontal".
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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