Esta nueva ordenanza determina que los edificios públicos -tales como bancos, escuelas, clínicas, hospitales, clubes, centros comunitarios, salas de velatorios, terminales de ómnibus, salones para fiestas y espacios verdes- y privados -como comercios, bares, consultorios médicos y otros de masiva concurrencia-, deberán tener rampas de acceso. También establece que cada edificio, público o privado, deberá contar con, al menos, un sanitario adaptado.
Hay un plazo máximo de tres años para que los edificios, espacios verdes y/o de recreación existentes, adapten sus instalaciones y se adecuen a lo reglamentado en la ordenanza, por lo que desde la municipalidad se solicita a los vecinos que, antes de modificar o construir un edificio, pidan asesoramiento gratuito en el Área de Obras Particulares.
Por su parte, desde Prevención Urbana se dispone de un certificado de libre estacionamiento en los vehículos para personas con discapacidad.